Entra en vigor la ley 902/2020: tu empresa debe tener un registro salarial

El Real Decreto 902/2020 establece los instrumentos necesarios para que las empresas cumplan con la igualdad de trato y la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva. Estos instrumentos son:

REGISTRO SALARIAL

Todas las empresas, independientemente de su tamaño, deben contar con un registro salarial de toda su plantilla, incluidos personal directivo y altos cargos.

Dicho registro debe incluir los valores medios de los salarios, complementos salariales y los extras desagregados por sexo.

AUDITORÍA RETRIBUTIVA

Todas las empresas que elaboren un Plan de Igualdad deben incluir la auditoría retributiva, y su vigencia será la misma que la del plan de igualdad.

Dicha Auditoría debe incluir una evaluación de los puestos de trabajo respecto a sus tareas y funciones, además de su relación con el sistema retributivo y con relación al sistema de promoción.

El objetivo de la Auditoría Retributiva es comprobar que los trabajos de igual valor, tengan la misma retribución.

Los dos grandes objetivos principales de una auditoría retributiva se pueden resumir en:

  • Respetar el principio de transparencia retributiva
  • Garantizar la igualdad retributiva por trabajo de igual valor

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Francisco Javier Casas

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